
DISPENSA DEL PAGO DE REGISTRO O INSCRIPCIÓN ANTE EL IVSS, FAOV, INCES Y MPPPST PARA EMPRENDEDORES
En Gaceta Oficial No. 42.432 de fecha 3 de agosto de 2022 se publicó el Decreto N° 4.719, dictado por la Presidencia de la República, mediante el cual se instruye a las autoridades del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) y al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo (MPPPST) implementar mecanismos para afianzar el desarrollo productivo de los nuevos emprendimientos debidamente registrados por ante el Registro Nacional de Emprendimientos (RNE), para lo cual deberán dispensar el pago del registro o inscripción como entidades de trabajo en los referidos organismos.
A los nuevos emprendimientos se les dispensará del pago correspondiente a la inscripción o registro como entidades de trabajo, siempre que procedan a formalizar su inscripción o registro dentro de los 90 días contados a partir de la publicación del Decreto en la Gaceta Oficial (Artículo 2).
A tales fines, los nuevos emprendimientos deberán presentar el Certificado de Registro Nacional de Emprendimientos ante los organismos antes indicados (Artículo 3).
El Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial (Artículo 5).
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